Entendemos por normas de cría, las condiciones o requisitos que deben cumplir los progenitores, tanto MACHO como HEMBRA, para que una camada pueda ser RECOMENDADA O ACONSEJADA POR LA AEDJT.
Para ello, se establecen distintas categorías, dependiendo de las generaciones consecutivas que han cumplido estas normas.
Se definirá la camada con dos números, correspondiendo el primero al número de generaciones cumplidoras de las normas por parte del macho, y el segundo al de la hembra.
Ejemplo: Si tenemos una camada con el número 23, sabremos que las generaciones a la que corresponden sus progenitores son: macho (2) segunda y hembra (3) tercera. Si el número fuera 11, ambos progenitores serian de la primera generación que ha cumplido las normas.
CONDICIONES O REQUISITOS:
La AEDJT entiende como mínimos exigibles las siguientes condiciones o requisitos tanto en morfología como en aptitudes naturales:
- MORFOLOGÍA Puntuación de MB o EXCELENTE en MONOGRÁFICA organizada por la AEDJT. Otros títulos, no se desestiman, pero no se tendrán en cuenta a ese efecto.
- P.A.N. Prueba de aptitudes naturales, habiendo sido testado en :
- Aptitudes al agua: Se requiere más de un 2
- Latido de liebre: Se requiere más de un 2
- Reacción ante el disparo: Se requiere APTO
- Trabajo en madriguera: Se requiere más de un 2
- SIGNO NATURAL: Es obligatorio la presentación a una prueba de caza real, consiguiendo un APTO en madriguera natural o más de un 2 en la prueba de jabalí en cercado.
- Se requiere que se realice al ejemplar la prueba genética de luxación de cristalino, y disponer como resultado Homocigoto libre: N/N.
Este examen se realizará en los días de examen que la AEDJT pone a disposición de los socios.
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